Infraestructura pública: ¿quién repara lo que se rompe?

Postes derribados, señalamientos dañados, transformadores y más infraestructura pública sufre daños casi a diario, pero ¿cómo se paga por los daños y quién vigila que se haga?
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Infraestructura pública: ¿quién repara lo que se rompe?
Por Jorge Enrique Brambila Sánchez

Ciudad Juárez, Chihuahua.– Postes derribados, señales de tránsito dañadas, cables caídos, transformadores afectados. Cada semana, en distintos puntos de Ciudad Juárez, la infraestructura pública sufre daños causados por accidentes de tránsito, incendios, obras mal ejecutadas o prácticas negligentes. Pero, ¿cómo se paga por esos daños? ¿Se sanciona realmente a los responsables? ¿Quién vigila que se repare?

Accidentes de tránsito: conductores responsables

De acuerdo con la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Chihuahua, los conductores que causen daños a la infraestructura pública durante un accidente de tránsito están obligados a reparar dichos daños. El artículo 1 de esta ley establece que sus disposiciones son de orden público e interés social, lo que implica que esta ley existe para garantizar una vida en comunidad.

La Coordinación General de Seguridad Vial es la encargada de levantar los reportes correspondientes y canalizar los casos al área jurídica municipal para el cobro de los daños. Sin embargo, en la práctica, muchos conductores no cuentan con seguro de responsabilidad civil o se dan a la fuga, lo que complica la recuperación de los costos de reparación.

Incendios y siniestros: responsabilidad civil y penal

Los incendios provocados por quemas no autorizadas, cortocircuitos o negligencia también han causado afectaciones a postes, registros subterráneos o cableado. En estos casos, la Dirección General de Protección Civil debe intervenir, realizar peritajes y canalizar el caso a instancias legales si se identifica a un responsable.

La Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua establece que las actividades y programas de protección civil son de carácter obligatorio para autoridades, organizaciones y ciudadanos.

Obras de construcción: supervisión y sanciones

Obras de construcción mal ejecutadas, sobre todo en fraccionamientos, han causado daños a banquetas, drenaje o alumbrado público. Aquí entra en acción la Dirección de Desarrollo Urbano, que puede sancionar administrativamente a las empresas o desarrolladores.

El Reglamento de Construcción para el Municipio de Juárez establece que tienen por objeto determinar los requisitos técnicos y administrativos a que se deberán sujetar las obras de construcción, instalación, modificación, ampliación, reparación y demolición en los predios de propiedad pública, privada y la vía pública dentro del territorio municipal.

Empresas de servicios: evaluación y reclamos

Cuando el daño alcanza a infraestructura federal o concesionada, como postes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) o líneas de telecomunicaciones, las propias empresas deben evaluar y exigir la reparación del daño. Si identifican al responsable, pueden reclamar vía civil o penal, aunque no siempre presentan denuncias formales.

Daño a la infraestructura pública: instancias encargadas de vigilar y sancionar

La vigilancia del cumplimiento de sanciones recae principalmente en las siguientes instancias:

  • Coordinación General de Seguridad Vial: determina responsabilidad en accidentes y canaliza casos a jurídico.
  • Dirección General de Desarrollo Urbano: supervisa obras y aplica multas si hay afectación al espacio público.
  • Dirección General de Protección Civil: actúa ante siniestros e identifica si hubo negligencia.
  • Dirección Jurídica del Municipio: busca la recuperación del daño vía administrativa o judicial.
  • Empresas de servicios (CFE, Telmex, etc.): reclaman directamente a responsables si su infraestructura es afectada.

Cuando hay omisiones por parte de servidores públicos, también pueden intervenir la Contraloría Municipal o el Órgano Interno de Control.

¿Qué pasa cuando no se puede dar con el responsable de dañar la infraestructura pública?

En los casos en que no se logra identificar a quien causó el daño —por ejemplo, cuando un conductor se da a la fuga, cuando no hay testigos ni cámaras, o cuando el daño se detecta mucho después—, el costo de reparación suele ser absorbido por el presupuesto municipal.

La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Chihuahua permite a los municipios ejecutar obras de conservación o reparación con recursos propios. De igual forma, el Presupuesto de Egresos Municipal contempla partidas específicas para mantenimiento urbano y restitución de mobiliario.

Sin embargo, este uso de recursos públicos para cubrir daños no atribuibles se traduce en una carga para el erario y, en consecuencia, para los contribuyentes.

La falta de mecanismos ágiles de vigilancia representa uno de los principales retos para reducir el deterioro de la ciudad y fomentar la corresponsabilidad ciudadana.

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