Movilidad: todoterrenos, autosardinas y lo que debes saber al circular

¿Cuáles son algunas de las faltas al reglamento de movilidad que frecuentemente se omiten sin que las autoridades las sancionen adecuadamente? Aquí te lo contamos
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Movilidad: todoterrenos, autosardinas y lo que debes saber al circular
Por Jorge Enrique Brambila Sánchez

Ciudad Juárez, Chihuahua.– Ya hablamos en ocasiones anteriores sobre los diversos adeudos que existen en materia de movilidad en Ciudad Juárez, desde la falta de infraestructura peatonal, las condiciones de las calles y hasta asuntos de derechos para personas con discapacidad y adultos mayores; sin embargo, también hay cosas que al transitar pueden traernos problemas y no sabemos.

Por ejemplo, ¿sabías que la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua prohíbe que los vehículos todoterreno circulen en la ciudad? De acuerdo con el artículo 47 bis, se prohíbe la circulación de los vehículos ATV, UVT o QUAD dentro de  avenidas, calzadas, paseos, carreteras, puentes, distribuidores viales, calles, camellones, arroyos y banquetas o cualquier vialidad pavimentada y con tráfico de vehículos. Para el transporte de esta clase de vehículos por estas vías, deberán utilizarse remolques o vehículos de carga.

Asimismo, seguramente en alguna ocasión has visto unidades con iluminación personalizada. En este caso, el Reglamento de Vialidad para el Municipio de Juárez indica en el artículo 77 que solo los vehículos de paso preferencial o emergencia pueden tener faros reflectores de colores que no sean blanco o amarillo (al frente) o rojo y amarillo (atrás, a excepción de las luces de reversa y de placa), así como las luces estroboscópicas de cualquier color. En el 78 tampoco se permite portar piezas que puedan desprenderse (como adornos exteriores de temporada) ni tubos de escape directos, rotos o que emitan ruido excesivo.

Finalmente, vale la pena hablar de la práctica del “autosardina”. Tanto el artículo 88 del Reglamento Municipal como el 48 la Ley de Vialidad Estatal prohíben esta práctica. En ambos casos se prohíbe transportar un número de personas superior al número de asientos que posea el vehículo; sin embargo, hay casos de autorización municipal.

¿Por qué se ven estas prácticas al circular?

Entre los muchos motivos, el principal tiene que ver con la omisión de las autoridades encargadas de hacer que se cumpla la ley, desde la normalización de las faltas hasta actos de corrupción generan un ambiente de impunidad. En ese mismo sentido, el crecimiento desmedido en el número de vehículos motorizados (de acuerdo con el informe Así Estamos Juárez, cada vez más cerca del millón de unidades) también contribuye a que la comisión de prácticas de este tipo puedan pasar desapercibidas.

Las autoridades tienen el deber de asegurar el orden y la seguridad vial, y cuando fallan en esta responsabilidad, afectan no solo el cumplimiento de la ley sino también la confianza pública en la autoridad y en el sistema de justicia.

¿Qué pasó con el Consejo Consultivo de Movilidad?

En junio de 2023, se llevó a cabo una audiencia pública sobre el tema de movilidad. En aquel momento el objetivo era conocer todas las acciones que las dependencias municipales ejecutan para garantizar que se cumpla la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), principalmente en los temas de movilidad y accesibilidad universal.

Durante la celebración de la audiencia se realizaron una serie de acuerdos, entre los que se incluía la conformación de un Consejo Consultivo de Movilidad y Seguridad Vial, que hasta octubre de este año sigue sin formalizarse. En un oficio que se presentó la semana pasada, un colectivo insistió en la necesidad de que este consejo consultivo se establezca.

Ahí hay una oportunidad de integrar voces ciudadanas para que ayuden a diseñar políticas que atiendan a la seguridad y la movilidad eficiente de las personas.

Comisión de Movilidad: los responsables de vigilar que Seguridad Vial actúe

Las comisiones edilicias son órganos auxiliares del Ayuntamiento para el mejor cumplimiento de sus funciones públicas. Se considera a las comisiones como órganos de análisis, consulta y dictamen, especializados en las diversas áreas o materias de la administración municipal.

En el caso de la movilidad, existe una comisión que se conforma por los siguientes integrantes del cuerpo de regidores:

  • José Eduardo Valenzuela Martínez – Coordinador
  • Karla Michaeel Escalante Ramírez – Secretaria
  • Luz Clara Cristo Sosa – Vocal

Aunque las comisiones edilicias no tienen facultades ejecutivas, entre sus funciones se encuentra la posibilidad de subir a las sesiones de Cabildo los temas relacionados con el ramo de la administración que se les encomendó. En ese sentido, la falta de una aplicación correcta del Reglamento de Vialidad y Tránsito es un asunto que ellos deben vigilar y en todo caso solicitar una comparecencia del secretario de Seguridad Vial para que ofrezca una explicación e incluso solicitar su salida de ser necesario.

El área de Contraloría Social (RegidorMX) de Plan Estratégico de Juárez se dedica a monitorear y evalúan el trabajo del Ayuntamiento, desde la asistencia a reuniones de comisiones edilicias y hasta los temas tratados, las participaciones en la discusión y el sentido de la votación de asuntos en sesiones de Cabildo.

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