Día de las Madres: ¿Dónde está el límite entre una felicitación y la autopromoción?

En el marco del Día de las Madres, los Gobiernos Municipal y Estatal realizaron actos que pudiera parecer un gestos simbólicos, pero hay disposiciones que directamente prohíben la forma en la que se realizó estas actividades
Día de las Madres
Día de las Madres: ¿Dónde está el límite entre una felicitación y la autopromoción?
Por Jorge Enrique Brambila Sánchez

Ciudad Juárez, Chihuahua.– La semana pasada fue el Día de las Madres, y en ese contexto, tanto el alcalde Cruz Pérez Cuéllar como la gobiernadora Maru Campos celebraron con actividades que si bien se fundamentaron en el reconocimiento, en la práctica evidencia la falta de respeto de las autoridades a la ley.

Pérez Cuéllar realizó un recorrido por restaurantes y cruceros de Ciudad Juárez para regalar flores a las mamás juarenses. Durante el sábado 10 de mayo, el edil entregó rosas con el mensaje: “Cruz Pérez Cuéllar les desea felicidades mamás”. Asimismo, la gobernadora dio un mensaje que se difundió a través de los canales oficiales con el título “Felicita Maru Campos a las madres en su día”.

Día de las Madres
Los mensajes se distribuyeron a través de las cuentas oficiales de Facebook de los Gobiernos Municipal y del Estado.

¿Celebrar el Día de las Madres o una actividad de autopromoción?

Como ya mencionamos antes, el artículo 134 constitucional establece que la comunicación de los entes públicos debe ser institucional y no incluir promoción personalizada. Por lo tanto, la información que aborda esta actividad debe manejarse como una actividad del Gobierno Municipal o del Gobierno Estatal, no de algún funcionario o funcionaria.

Además, de acuerdo con la Ley General de Comunicación Social, toda difusión oficial debe enfocarse en informar sobre acciones de Gobierno.

Asimismo, el uso de frases como “Cruz Pérez Cuéllar les desea…” o “la gobernadora Maru Campos extendió su felicitación y, sobre todo, reiteró su respaldo…” y la participación de personal y recursos públicos para una actividad con fines simbólicos, representan una forma sutil de propaganda gubernamental personalizada, que erosiona los principios de objetividad y neutralidad establecidos por la ley.

Criterios discrecionales, consecuencias mínimas

Lo que agrava la situación es la aplicación selectiva de las normas. Por ejemplo, durante el proceso electoral de 2024, el Municipio canceló transmisiones de Cabildo argumentando restricciones legales; sin embargo, actividades como las del 10 de mayo —con evidentes fines de visibilidad personal— se realizaron sin cuestionamientos dentro de la misma administración. Mientras tanto, en el mismo año se reveló que el Ejecutivo chihuahuense gastó 3 millones 297 mil 145 pesos en 237 anuncios para promocionar obras, servicios y la imagen de la gobernadora Maru Campos.

A final de cuentas, no se trata de estar en contra de que haya un reconocimiento o un detalle en estas fechas, sino de que las autoridades se encarguen de cumplir y hacer cumplir la ley. Es su responsabilidad más grande.

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