Predictamen de Ley de Comunicación Social atenta contra #Medioslibres

Posicionamiento del colectivo #MediosLibres acerca de la legislación en materia de Publicidad Oficial
Predictamen de Ley de Comunicación Social atenta contra #Medioslibres
Por dgarcia

Posicionamiento del colectivo #MediosLibres acerca de la legislación en materia de Publicidad Oficial

 

  • La Comisión de gobernación está simulando; solo busca cumplir con un formalismo para no caer en el desacato ante la sentencia de la SCJN.
  • El predictamen legaliza malas prácticas; retoma lineamientos ineficientes que existen a nivel federal desde hace tres sexenios.
  • El predictamen recupera solo una iniciativa que reproduce al idéntico y no contempla las demás propuestas de las y los diputados ni el decálogo de sociedad civil.
  • Los legisladores están desperdiciando una oportunidad única de cambiar la relación entre poder y medios en México y garantizar la libertad de expresión

 

México 2 de abril de 2018.- La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados está por discutir mañana un dictamen de Ley de Comunicación Social que de ser aprobado sería muestra de una simulación flagrante de la garantía a la libertad de expresión y viola los acuerdos de parlamento abierto que esta legislatura ha adoptado con la sociedad.

En lugar de ser un esfuerzo de síntesis de todas las iniciativas presentadas, el predictamen retoma la iniciativa presentada el 13 de marzo por los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista y Nueva Alianza. Este documento no atiende los problemas que supone la publicidad oficial como ser un mecanismo de control indirecto de las líneas editoriales, la asignación discrecional de recursos públicos millonarios, su utilización para fines proselitistas o electoreros, entre otros.

Los 133 abajo firmantes estamos preocupados frente a la ausencia de apertura de la Comisión de Gobernación al diálogo con la sociedad civil y expertos en la materia. Además, el predictamen que se votará mañana en Comisión de Gobernación no retoma ninguna de las iniciativas propuestas por los demás partidos ni toma en cuenta el decálogo que presentó el colectivo #MediosLibres el pasado siete de febrero.

El resultado de esta cerrazón es que el predictamen no cumple con los mínimos necesarios. La mayoría del contenido del dictamen retoma los lineamientos generales par las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la administración pública federal que existen desde hace más de quince años sin lograr revertir las malas prácticas del uso de la publicidad oficial. En pocas palabras, esta propuesta es una simulación.

Peor aún, el documento institucionaliza malas prácticas y atenta directamente contra un estado democrático y de derecho pues las disposiciones previstas en él violan directamente la Constitución y los tratados internacionales de los que México es parte. A continuación, compartimos algunos de los puntos críticos de este predictamen.

El predictamen incentiva el uso proselitista de la publicidad oficial.

En primer término el artículo 134, octavo párrafo de la Constitución prevé que “la propaganda … deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”. Asimismo, la CIDH a través de la Relatoría Especial para la Libertad de expresión ha señalado que “en una sociedad democrática los ciudadanos tienen derecho a saber, esto es, a conocer las actividades oficiales, las políticas de gobierno y los servicios que presta el Estado” y que la información derivada de la publicidad oficial debe ser de interés público que tenga por objeto satisfacer los fines legítimos del Estado y no debe utilizarse con fines discriminatorios, para violar los derechos humanos de los ciudadanos, o con fines electorales o partidarios [1].

Sin embargo, el predictamen (art. 4, f.I) considera que las campañas de comunicación pueden tener como objeto la difusión de logros de los gobiernos y sujetos obligados abriendo la posibilidad de que esta se siga utilizando como una herramienta para promover figuras públicas y/o partidos políticos generando una sobreexposición de los mismos a la sociedad mexicana y, por tanto, impactando directamente en la equidad de la contienda electoral.

En el mismo sentido está la excepción que se prevé en el art. 14 respecto a la publicidad de los informes anuales de laborales los cuales son actualmente utilizados para la promoción personalizada de funcionarios públicos y no para rendir cuentas a la ciudadanía.

Asimismo, se prevé la posibilidad de difundir mensajes o campañas extraordinarios a los originalmente planteados en el Programa Anual de Comunicación Social sin señalar claramente el tipo de mensajes que podrían significar, violando directamente el principio de planeación adecuada del gasto [2]. Es importante recordar que existen en la misma ley disposiciones especiales plasmadas en el artículo 16 que prevén la difusión de campañas en casos de emergencia. Además existen graves incongruencias respecto al tipo de campañas de comunicación social que pueden ocurrir durante las campañas electorales (art. 21,f IV).

2.El predictamen sigue permitiendo la ineficiencia y discrecionalidad en el uso de los recursos.

Ahora bien, la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que busca subsanar la omisión de regular el artículo 134 señala claramente que la gravedad de la omisión deriva en la falta de criterios claros y objetivos de asignación de la publicidad oficial. Sin embargo, el predictamen no prevé nada al respecto, simplemente remite a la creación de lineamientos por parte de la Secretaría de Gobernación, situación que no cambia nada a la asignación discrecional y excesiva de este concepto de gasto.

Por su parte, el artículo 7 del predictamen prevé que se exenta de regulación de esta ley los pagos que se hagan a los medios de comunicación para publicar “disposiciones normativas, resoluciones y actos administrativos o judiciales y demás información sobre las actuaciones gubernamentales que deban publicarse o difundirse por mandato legal”. Esta situación abre la puerta a la corrupción y el desvío de recursos de uno a otro concepto.

Es importante advertir que la falta de criterios de asignación de la publicidad oficial representa una violación directa al artículo 7 de la Constitución y del 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Precisamente por esto es que desde el colectivo #Medioslibres hemos insistido en la necesidad de que los recursos publicitarios se asignen según criterios preestablecidos, claros, transparentes y objetivos, que deberán evaluar distintos factores, tales como el perfil del público al que va destinada la campaña, los precios, la circulación, la audiencia del medio y distintos criterios de equidad. A su vez es trascendental reconocer la idoneidad, el público objetivo -con acciones afirmativas hacía contenidos asociados a grupos vulnerables- y la no discriminación.

El predictamen no formula una propuesta para un mejor control presupuestario. Las menciones realizadas en este sentido quedan muy ambiguas y no construyen certeza jurídica (art. 18) . En resumen, el dictamen no prevé ninguna disposición que busque revertir los sobre ejercicios del gasto en publicidad oficial ni poner un tope a los gastos en publicidad oficial.

3. El predictamen centraliza más el control del gasto en publicidad oficial.

De la misma manera que el punto anterior el principio 7 de la Relatoría Especial ha señalado la necesidad de contar con un control externo de la asignación de pauta. En este predictamen, salvo las referencias al rol -ya existente- de la Auditoría Superior de la federación (o contraloría estatal y equivalente), se omite por completo la elaboración de controles descentralizados para vigilar y fiscalizar el uso de la publicidad oficial. Al contrario, de aprobarse este dictamen, se le otorgarían facultades potenciadas a la Secretaría de Gobernación. Por ejemplo, en los artículos 35 y 37 se prevé que sea la Secretaría de Gobernación quien está a cargo del Padrón de Nacional de Medios de Comunicación.

4. Ausencia de fomento al pluralismo y la diversidad.

La iniciativa no prevé ninguna disposición que permita promocionar la diversidad y el pluralismo en el país. Como lo mencionamos desde el Colectivo #MediosLibres en el decálogo, “los Estados deberán establecer políticas y destinar recursos para promover la diversidad y el pluralismo de medios a través de mecanismos de ayudas indirectas o subsidios explícitos y neutros, diferenciados de los gastos de publicidad oficial como lo prevé el punto 8 de los principios para la regulación de la publicidad oficial de la Organización de los Estados Americanos.”

La regulación de la publicidad oficial debe acompañarse de una definición y regulación de los mecanismos de fomento del pluralismo y de la diversidad. Se deben definir mecanismos que permitan que el Estado cumpla con sus obligaciones en materia de promoción del pluralismo informativo.

La asignación de recursos por venta de publicidad oficial a los medios de Uso Social Comunitarios e Indígenas se ajustará a lo especificado por el artículo 89. Fr. VII de la LFTR, de acuerdo a su carácter de medios sin fines de lucro.

5. El predictamen no propone transparencia y regulación de la medición de audiencia, circulación, visitas y rating

Como bien lo subrayamos en el decálogo presentado a inicio del mes de febrero, la medición de la circulación y del rating es un punto medular que debe contemplar la regulación. Actualmente, no existen indicadores disponibles ni confiables sobre las audiencias, el rating, las visitas y la circulación de los distintos medios de comunicación. La ausencia de un sistema de medición imparcial e independiente perjudica al monitoreo de los medios de comunicación. Es primordial establecer un sistema imparcial y externo de medición de audiencias, basado en estándares certificados de medición y así asegurar que la asignación de la publicidad se haga a partir de criterios técnicos.

Las organizaciones, medios de comunicación, periodistas y personas que suscriben este comunicado hacen un enérgico llamado a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados a no aprobar este predictamen y a generar una discusión plural y abierta que genere una Ley de publicidad oficial que garantice la existencia de #MediosLibres.

AMARC

Amedi
Amedi, Capítulo Jalisco
Amedi, Capítulo Puebla
Artículo 19

Barra Mexicana de Abogados
Borde Político
Cencos
Centro de Integración Ciudadana de Saltillo AC
Ciudadan@s por la Transparencia
Comunicación Comunitaria A.C
Consejo Cívico de Instituciones de Coahuila AC
Departamento de Comunicación de la Universidad Iberoamericana CDMX.
El Poder del Consumidor
Enjambre Digital A.C.
Fundar, Centro de Análisis e Investigación
Horizontal.mx

IMCO
Iniciativa Sinaloa A.C.
Lado B
Libre En El Sur

México Evalúa
Noroeste
Observatel
Observatorio de transparencia Con los Ojos Abiertos
Observatorio Permanente del Sistema Estatal Anticorrupción de Jalisco
Periódico Central
Plan Estratégico de Juárez A.C.
Plumas Libres
Red de Periodistas de a Pie
Red de Periodistas de Ciudad Juárez

Red en Defensa de los Derechos Digitales
Red Libre de Periodismo

Reporteros Sin Fronteras
Revista Proceso
Semanario Río Doce
Semanario Zeta
SinEmbargo

WAN-IFRA
Yo Ciudadano
ZonaFranca

Adela Navarro
Adrián López Ortiz
Aleida Calleja
Alejandro Calvillo
Alejandro Cárdenas
Alejandro Páez Varela

Alfredo Lecona

Alfredo Valadez Rodríguez
Alfonsina Ávila
Ángeles Mariscal
Arnoldo Cuéllar
Carlos Quintero
Clara Viviana Meza Gutiérrez
Claudia Marino García Zapata
Cristina Romo Diaz
Cuauhtémoc Cruz
Cynthia Dehesa
Daniela Pastrana
Daniela Rea
David Ernesto Velasco Camacho
Dulce María Olvera Martínez
Efrén Flores
Erandi Sanchez Flores
Ernesto Aroche
Estrella Pedroza
Fabiola García Villafaña
Francisco Cuamea
Francisco Ortiz Pinchetti
Gabriel Sosa Plata
Graciela Bernal Loaiza
Grisel Salazar Rebolledo
Guadalupe Fuentes López
Guillermo Osorno
Gustavo Lozano Moreno

Héctor Dayer

Hérica Martínez Prado
Humberto Padgett
Ignacio Rodríguez Reina
Irene Levy
Ismael Bojórquez
Ivette Lira
Ixchel Cisneros
Jade Ramírez
Jaime Armendáriz

Jan-Albert Hoosten
Javier Bravo
Jesús Castillo García
Jesús Robles Maloof
Jorge Carrasco Araizaga

Jorge Narro Monroy
Jorge Zepeda Patterson
José Bautista
José Bernardo Masini Aguilera
José Rubén Alonso González

Juan Pardinas
Kennia Velázquez
Leonor Gómez
Liliana Veloz Márquez
Linaloe R. Flores

Lourdes Morales

Luis F. Fernández
Magdalena Sofía Paláu Cardona
María Eugenia Chávez

Mariana Campos
Mely Arellano
Miguel Ángel Díaz

Miguel Cedeño
Mireya Márquez Ramírez
Mónica González
Nelda Ortega
Nora Celia Domínguez

Norma Trujillo

Paola Gamboa

Patricia Mayorga
Paulina Ríos
Pedro Matías

Rafael Rodríguez Castañeda
Raquel Zapien
Raúl Morales
Ricardo Ravelo
Rita Varela Mayorga
Rosalía Orozco Murillo

Salvador Corro
Sanjuana Martínez
Sergio Meza de Anda
Silver Meza
Sugeyry Gándara
Vanessa Rivas
Verónica Espinosa

Viétnika Batres
Viridiana Lozano
Wilbert Torre

[1]CIDH, Principios sobre regulación de la publicidad oficial y libertad de expresión, Principio 2. https://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/publicaciones/publicidad%20oficial%202012%20o5%2007.pdf

[2] Idem principio 4.

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

¿Quiénes Somos?

Somos una organización ciudadana, apartidista y sin fines de lucro. Queremos una mejor ciudad.

Suscríbete

Recibe directamente en tu correo noticias y novedades de Plan Estratégico de Juárez

Publicaciones relacionadas

publicidad
¿Publicidad informativa o autopromoción? El límite en la comunicación gubernamental
|
Jorge Enrique Brambila Sánchez
Aunque se da de forma muy usual ver comunicación que realza la figura de ciertos funcionarios, el artículo 134 de la Constitución prohíbe este tipo de prácticas de publicidad
Otra falla en Transparencia: Municipio omite publicar actas de Cabildo
|
dgarcia
De acuerdo con personal del área, se deben publicar de manera trimestral; Reglamento Interior los contradice
Directivos de medios tradicionales señalan “sobrerregulación” con Ley de Publicidad Oficial
|
Diego Villa
Durante el Foro de la Iniciativa de la Ley para la Asignación de Publicidad Oficial, empresarios discordaron con el etiquetado de recursos para capacitación y con el monto total destinado a publicidad que prevé la ley
Van casi 98 mdp a publicidad oficial del Municipio
|
dgarcia
La coordinadora de Comunicación Social presentó a grandes rasgos el gasto que generará esa dependencia, como parte de las comparecencias para el Presupuesto de Egresos 2019

Información General

Explora